La firma digital es como nuestra firma manuscrita. Sirve para firmar
nuestros documentos:
- Permite acreditar nuestra identidad. Una firma válida implica
que se nos puede atribuir de forma indudable ese documento
electrónico como autores de esa firma.
- Implica que no podemos negar en ningún caso que el
documento ha sido firmado por nosotros. No podemos
repudiarlo.
- La firma de un documento nos permite confirmar su integridad.
Si sufriese alguna modificación desde el momento de su firma
hasta que se consulta de nuevo u otra persona lo recibe, la
firma ya no será válida.
-¿Que se necesita para hacer una firma digital?
Al igual que con nuestra firma manuscrita se necesita un
elemento de escritura para firmar (bolígrafo, pluma...) En este
caso hace falta un programa para hacer y verificar la firma
digital.
Es necesario un certificado digital: Para firmar hay que acreditarse. Mediante el certificado se establece la identidad.
El certificado digital es al mismo tiempo un documento digital
firmado electrónicamente por una autoridad de confianza que
establece que “yo soy quien digo ser” lo que me permite
identificarme en la comunidad electrónica.
-¿Como funciona la firma digital?
1º Firmamos el documento con nuestro programa de firma:
-Seleccionamos el documento que queremos firmar
-Nos solicitará el certificado digital para identificarnos
-El programa creará una firma (un conjunto de datos en forma
electrónica) para añadir al documento o mensaje...
2º Se verifica la firma: En este proceso se comprueba que el contenido
no fue modificado y que fue firmado por quien dice haberlo firmado.
- Cuando envío un documento firmado, la persona que lo recibe
comprobará con su programa de firma y verificación que ese
documento fue firmado por mí.
-¿Qué ventajas me aporta la Firma Digital?
La firma digital aumenta la seguridad en las transacciones que quedan reflejadas en documentos. Adoptando la firma digital se elimina la posibilidad de cometer fraude por un impostor firmando el documento.
Integridad del mensaje: Teniendo firma digital se demuestra la validez del documento. Aseguras al receptor que el documento es válido y libre de información falsa.
Requerimientos legales: Usar una firma digital supone satisfacer algunos requerimientos legales con los documentos en cuestión, La firma digital se encarga de cualquier aspecto legal en la transacción del documento. Algunos ejemplos de documentos pueden ser facturas, contratos, nóminas, etc.
-Aplicación para crear una firma digital
Una de las aplicaciones de firma digital más populares es la herramienta ProFirma desarrollada por Albalia Interactiva.
Esta herramienta es totalmente gratuita y genera firmas codificadas según el formato PKCS#7 o CMS (Cryptographic Message Syntax).
A continuación se facilita un vídeo que nos enseña a instalar el programa en nuestro ordenador:
http://www.youtube.com/watch?v=B7fM8uNK6zg&feature=player_embedded
En la actualidad, se puede diferenciar dos tipos de firma:
La firma digital, definida como el resultado de aplicar a un documento digital un procedimiento matemático, requiere información de exclusivo conocimiento del firmante, encontrándose ésta bajo su absoluto control. Pero, dado que la misma ley estipula que para asegurarse de que el firmante es el único que conoce y controla el procedimiento matemático, se debe cumplir con una serie de recaudos legales; la firma digital puede ser caracterizada por medio de la siguiente fórmula:
firma digital = documento digital + procedimiento matemático + requisitos legales.
La firma electrónica, en cambio, es definida en términos negativos como el conjunto de datos electrónicos integrados, ligados o asociados de manera lógica a otros datos electrónicos, utilizado por el signatario como su medio de identificación, que carezca de alguno de los requisitos legales para ser considerada firma digital. La fórmula, en este caso, es la siguiente:
firma electrónica = firma digital - requisitos legales.
Esta diferencia en cuanto a los requisitos repercute en los efectos asignados a cada:
-Firma digital:
a) Equivale a la firma manuscrita,
b) Se presume que la firma pertenece al titular del certificado digital,
c) Se presume que el documento no ha sido modificado luego de la firma.
-Firma electrónica:
a) En caso de ser desconocida corresponde a quien la invoca acreditar su validez.
Fuentes del articulo en documento de Google Docs:https://docs.google.com/document/d/1GmoviL5WYk4-btqDghC5ehhN733V9ZnD7vCACutUQjA/edit?hl=es&pli=1#
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